Informe pericial y Justicia gratuita … ¿ONG?

ForgesLa Arquitectura al servicio de la sociedad en el sentido estricto de la expresión, hablo de cómo un arquitecto técnico se pone al servicio de la sociedad como perito en un procedimiento judicial donde una de las partes tiene derecho a la justicia gratuita. Para poder ser titular de este derecho de justicia gratuita se deben cumplir una serie de requisitos en cuanto a ingresos…

El funcionamiento a efectos del perito, para el caso de Valencia, es a través del Colegio de Aparejadores, Arquitecto Técnicos e Ingenieros de la Edificación de Valencia, entre otros,  elabora una lista pública anual de peritos que de manera voluntaria solicitan estar inscritos en esta lista o bolsa y una vez realizado un sorteo para establecer el turno, esta bolsa se pone al servicio de la Administración, quienes designan al perito de justicia gratuita, según determine cada Juzgado.

El precio máximo que se fija y con el informe favorable y razonado del Colegio Profesional competente, cuando se considere que la pericia conlleva una especial dificultad y el coste para el perito designado, la Administración competente podrá resolver su pago al precio de unos 150 euros que cobre en mi última pericia de este tipo. Hablamos de un coste social y estos honorarios profesionales suponen un precio muy, muy, muy inferior al de mercado, como lo son los que también perciben por su actuación profesional en turno de oficio, los abogados y procuradores representantes del beneficiario del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Pero si en la sentencia hubiera pronunciamiento sobre costas a favor de la parte titular del derecho a la asistencia jurídica gratuita o cuando no habiendo expreso pronunciamiento en costas y venza en el pleito, deberá pagar las causadas en su defensa siempre que no excedan de la tercera parte de lo que en él haya obtenido. Es decir, si gana el litigio la persona con derecho a justicia gratuita el perito podrá percibir sus honorarios profesionales acorde al precio de mercado siempre con esta limitación. Y en este caso el perito por medio del Colegio Profesional deberá reintegrar los honorarios percibidos con cargo a fondos públicos.

He leído recientemente el post El Timo del Buen Samaritano en el blog del Aparejador Ejerciente del compañero Fran Castro donde expone su experiencia y punto de vista respecto a la intervención como perito dentro de un procedimiento de justicia gratuita. ¿Hablamos de estar al servicio de la sociedad como Técnicos, o de que?… ¿Y si gana el litigio la persona que tiene derecho a justicia gratuita y te pagan tus honorarios reales por el informe pericial?… ¿Debería hacer o hace el Colegio profesional un seguimiento de este tipo de intervenciones?…

¡Realmente! Si se hace justicia para él y gana el juicio ¿se acordará de nuestro informe?, no sería justo que no lo hiciera ¿no? … Ojopláticos nos quedamos a veces en algunas situaciones.

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